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Climatización, vestuarios, fuentes… ¿Estás seguro de que tu empresa no tiene riesgo de Legionella?

Climatización, vestuarios, fuentes… ¿Estás seguro de que tu empresa no tiene riesgo de Legionella?

Con la subida de temperaturas, también aumenta un riesgo biológico silencioso pero potencialmente grave en muchos entornos laborales: la Legionella.
Esta bacteria puede provocar legionelosis, una enfermedad respiratoria severa que se transmite a través de aerosoles generados por sistemas de agua contaminada. En verano, con el uso intensivo de torres de refrigeración, sistemas de climatización o redes de agua sanitaria, el riesgo se multiplica.

Para responder a esta amenaza, el Gobierno ha aprobado el nuevo Real Decreto 614/2024, que refuerza los requisitos para la prevención y control de la Legionella en todo tipo de instalaciones. Este reglamento sustituye al RD 487/2022 y afecta directamente a las obligaciones de las empresas en materia de salud laboral y prevención de riesgos laborales.

Ahora, más que nunca, es fundamental que las organizaciones identifiquen si están expuestas a este riesgo y adopten medidas preventivas eficaces. No solo para cumplir con la normativa, sino para proteger la salud de las personas trabajadoras y garantizar la continuidad del negocio.

¿Qué empresas están obligadas a evaluar el riesgo de Legionella?

Las que dispongan o gestionen instalaciones como:

Instalaciones con sistemas de agua sanitaria y climatización

  • Hoteles, residencias, hospitales, clínicas, centros educativos.
     
  • Centros deportivos, gimnasios, polideportivos, spas, balnearios.
     
  • Naves industriales y talleres con duchas o vestuarios.

 IMPORTANTE: Si tu empresa tiene vestuarios con duchas, estás obligado a evaluar el riesgo de Legionella, aunque no seas una instalación sanitaria o turística.

 

Torres de refrigeración y condensadores evaporativos

  • Instaladas en fábricas, centros logísticos, centros comerciales, etc.
     

Fuentes ornamentales, humidificadores, sistemas de riego por aspersión

  • Centros de ocio, centros comerciales, jardines públicos y privados.
     

Sistemas contra incendios y equipos de limpieza viaria

  • Municipios, grandes superficies, industrias.
     

 Instalaciones temporales o móviles

  • Ferias, festivales, campamentos, etc., si disponen de duchas, sistemas de climatización o depósitos de agua.

Si tu empresa dispone de agua que puede aerosolizarse y entrar en contacto con personas, tienes la obligación de evaluar el riesgo de Legionella, integrarlo en la estrategia de prevención de riesgos laborales y aplicar las medidas del Plan Sanitario frente a Legionella.

 

Obligaciones clave de las empresas según el RD 614/2024

Evaluación del riesgo actualizada
 Las empresas deben identificar si sus instalaciones están incluidas entre las consideradas de riesgo y evaluar el nivel de exposición. Esta evaluación debe integrarse en el plan de prevención.

Plan Sanitario frente a Legionella (PSL)
Sustituye al anterior “plan de prevención y control” e incorpora un enfoque más integral, que debe incluir:

  • Descripción técnica de las instalaciones
     
  • Análisis de puntos críticos
     
  • Medidas preventivas y correctoras
     
  • Protocolo de vigilancia ambiental y autocontrol
     

Formación del personal
Todo el personal que trabaje en el mantenimiento o supervisión de instalaciones de riesgo debe contar con formación específica actualizada, de acuerdo con los nuevos criterios formativos establecidos en el RD.

Registro y trazabilidad
Se refuerza la obligación de documentar todas las actuaciones (limpiezas, controles, incidencias, actuaciones correctoras) y conservar los registros al menos 5 años.

Control analítico y toma de muestras
Se amplían las exigencias respecto a la periodicidad de los controles y la toma de muestras de agua, con parámetros más estrictos según el tipo de instalación.

 

Medidas preventivas esenciales para las empresas

  • Diseño higiénico de las instalaciones (evitar estancamientos, zonas muertas, temperaturas críticas).
  • Control de temperatura del agua: mantener el agua fría por debajo de 20 ºC y la caliente por encima de 50 ºC.
  • Limpieza y desinfección periódica de los circuitos hidráulicos.
  • Supervisión técnica y mantenimiento por parte de personal cualificado.
  • Notificación inmediata ante la detección de Legionella y activación de protocolos internos.

 

Como te puede ayudar el Servicio de Prevención Ajeno (SPA)

La colaboración con un SPA especializado como OTP permite a las empresas:

  • Identificar instalaciones con riesgo de aerosolización de agua: duchas, torres de refrigeración, climatizadores, etc.
     
  • Evaluar la posible exposición laboral a Legionella como agente biológico del grupo 2 (RD 664/1997, art. 3).
     
  • Derivar a una empresa especializada para elaborar el Plan Sanitario frente a Legionella (PSL) si se confirma riesgo.
     
  • Asegurar que el personal expuesto reciba formación específica (RD 664/1997, art. 8). La formación exigida por el RD 614/2024 es responsabilidad de la empresa especializada.
     

La prevención como inversión en salud y continuidad

Un brote de legionelosis puede tener graves consecuencias sanitarias, legales y reputacionales para una empresa. Por eso, es fundamental anticiparse, actuar con rigor y cumplir con los requisitos establecidos por el RD 614/2024, no solo por obligación legal, sino por responsabilidad preventiva.

En OTP te ayudamos a proteger tu entorno de trabajo frente a riesgos invisibles como la Legionella, asegurando que tu empresa esté preparada, actualizada y comprometida con la salud de las personas trabajadoras.


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OTP, Oficina Técnica de Prevención

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