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Prevención de Riesgos Laborales para Grandes Empresas

Tú te encargas de tu negocio. OTP de que cumplas con la ley.

NUESTRO PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA GRANDES EMPRESAS

Las grandes empresas tienen necesidades específicas en materia de Prevención de Riesgos Laborales, que implican un estudio personalizado y una organización a medida. En OTP tenemos una gran experiencia en el desarrollo de planes PRL para empresas de gran tamaño.

APOYO TÉCNICO EXCLUSIVO


PERSONALIZACIÓN EN HERRAMIENTAS DE GESTIÓN


ACTIVIDADES DE FORMACIÓN Y PROMOCIÓN PERSONALIZADAS


NUESTRA EXPERIENCIA

En OTP llevamos 20 años gestionando la seguridad laboral de nuestros clientes. Hemos colaborado con grandes empresas, a las que hemos aportado nuestro apoyo técnico especializado y nuestra dedicación exclusiva.

Disponemos de un departamento específico para grandes empresas, que requieren una atención especial en la gestión de la salud y la seguridad.

Además, con nuestra herramienta Previnet podemos adaptarnos a las necesidades de su organización, con un servicio de prevención propio o mancomunado.

¿CÓMO CONTRATAR UN PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES CON OTP?

Para poder desarrollar el mejor plan PRL posible, completamente adaptado a las necesidades de nuestro cliente, necesitamos conocer sus circunstancias en profundidad. Solicita presupuesto mediante el siguiente formulario y nuestro personal técnico contactará a la mayor brevedad para estudiar las necesidades de la empresa y ofrecer nuestra mejor propuesta.


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CONOCE NUESTROS DIFERENTES PLANES DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

En OTP tenemos más de 20 años de experiencia, durante los cuales hemos trabajado con todo tipo de empresas, por lo que disponemos de soluciones a medida sin importar el número de trabajadores y trabajadoras o trabajadoras con los que cuente la compañía.

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE PRL

El plan de PRL de las grandes empresas debe dar respuesta a las necesidades específicas de este tipo de compañías, por lo que debe incluir:

  • Detalle de la estructura de la organización y definición de responsabilidades. En él se debe detallar toda la estructura jerárquica, desde el equipo directivo hasta el nivel más bajo del equipo.
  • Objetivos específicos del plan. Aunque el objetivo general siempre es la reducción de los riesgos asociados al tipo de trabajo, un estudio de las necesidades concretas de la empresa arrojará los objetivos específicos que el plan debe cumplir para ella.
  • Definición y enumeración de los recursos con los que cuenta la empresa para gestionar la prevención de riesgos. Pueden ser materiales, tecnológicos o humanos.
  • Procedimientos de trabajo adaptados al sector y a los puestos específicos. Al igual que la estructura jerárquica, debe incluir todos los puestos de trabajo.
  • Normas de seguridad de obligado cumplimiento y recomendaciones generales y específicas, tanto del sector como para cada uno de los puestos de trabajo que conforman la compañía.
  • Plan de formación PRL para la plantilla adaptado a los distintos niveles laborales que existan y sus riesgos asociados.
  • Plan de emergencias adaptado al sector y a los puestos de trabajo.

Según la normativa vigente, todas las empresas con al menos un trabajador o trabajadora están obligadas a contar con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, lo que implica que cualquier empresa de gran tamaño debe disponer de un plan PRL ajustado a sus necesidades específicas.

El empresario o empresaria es la persona responsable de la PRL en su empresa, aun cuando haya externalizado el servicio en una empresa de prevención ajena. Entre sus responsabilidades destacan:

  • Implicación en la redacción del plan.
  • Revisión y actualización periódica del mismo, especialmente si se producen cambios organizativos o de producción en la compañía.
  • Conservación física del plan PRL y presentación del mismo a las autoridades competentes que lo puedan requerir (laborales, sanitarias o de representación de los trabajadores y trabajadoras).
  • Difusión activa del contenido del plan entre la plantilla, de forma que estos puedan cumplir con lo que en él se recoge de forma correcta.

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, especifica los derechos que tienen los trabajadores y trabajadoras (todos, con independencia del tamaño de la empresa en la que trabajen) en materia de Prevención de Riesgos Laborales, entre los que destacan:

  • Derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  • Derecho a disponer de EPIs (equipos de protección individual).
  • Derecho de información, consulta y participación.
  • Derecho a recibir formación en materia preventiva, tanto teórica como práctica.
  • Derecho a la vigilancia periódica de su estado de salud.
  • Derecho de protección de trabajadores y trabajadoras especialmente sensibles a determinados riesgos.
  • Derecho de protección a la maternidad.

Asimismo, la norma detalla las obligaciones de los trabajadores y trabajadoras en cuanto a la PRL:

  • Velar por su propia seguridad y salud en el trabajo, así como por la de todas las personas a las que le pueda afectar su actividad profesional.
  • Usar adecuadamente los medios con los que desarrollen su actividad, incluyendo máquinas, herramientas, sustancias de todo tipo o equipos de transporte, por ejemplo.
  • Utilizar correctamente los EPIs proporcionados por la empresa siguiendo sus instrucciones.
  • Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes.
  • Informar de forma inmediata acerca de cualquier situación que pudiera constituir un riesgo para la salud y la seguridad de los trabajadores y trabajadoras.
  • Cooperar con el empresario o empresaria para garantizar unas instalaciones de trabajo seguras.

Es responsabilidad del empresario o empresaria, como la persona que mejor conoce la organización y sus circunstancias, aprobar el plan de Prevención de Riesgos Laborales una vez que haya sido diseñado y antes de su difusión.

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