Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies. OK | Política De Cookies

No todo es calor: diferencia entre disconfort térmico y estrés térmico en la prevención de riesgos laborales

No todo es calor: diferencia entre disconfort térmico y estrés térmico en la prevención de riesgos laborales

El cambio climático está intensificando los episodios de calor extremo en los entornos de trabajo. Esta realidad ha obligado a actualizar los protocolos de actuación en prevención de riesgos laborales. Sin embargo, todavía hoy muchas empresas no distinguen entre disconfort térmico y estrés térmico, dos situaciones muy diferentes en cuanto a riesgos y consecuencias para la salud de las personas trabajadoras.

Entender esta diferencia es clave para actuar de forma efectiva, conforme a la normativa y con criterios técnicos sólidos. Desde OTP, como Servicio de Prevención Ajeno, ayudamos a evaluar, prevenir y aplicar las nuevas exigencias en materia de temperaturas extremas.

 

¿Qué es el disconfort térmico?

El disconfort térmico se produce cuando la temperatura ambiente, la humedad, la ventilación o la ropa de trabajo provocan una sensación subjetiva de incomodidad. Puede generar malestar, fatiga o distracción, pero no suele suponer un riesgo inmediato para la salud si se toman medidas correctoras. Se asocia a:

  • Temperaturas altas o bajas que dificultan el confort pero no comprometen funciones vitales
     
  • Incapacidad de concentrarse, disminución del rendimiento
     
  • Climas calurosos en oficinas, talleres o almacenes sin ventilación adecuada
     

Aunque no es peligroso en sí mismo, el disconfort térmico puede ser un precursor del estrés térmico si no se actúa a tiempo. También es una fuente de riesgo psicosocial y organizativo en trabajos prolongados o físicamente exigentes.

 

¿Qué es el estrés térmico?

El estrés térmico es una condición más grave. Se produce cuando el cuerpo no puede disipar el calor que acumula, superando sus mecanismos de termorregulación. Esto genera alteraciones fisiológicas que pueden derivar en:

  • Golpes de calor
     
  • Deshidratación severa
     
  • Calambres, fatiga extrema, síncopes o incluso colapsos
     

El estrés térmico es un riesgo grave y, por tanto, debe ser evaluado, prevenido y controlado mediante medidas organizativas, técnicas y formativas. Afecta especialmente a trabajos al aire libre, en espacios confinados, zonas industriales, obras o tareas con elevada carga física.

 

Qué dice la normativa actualizada en 2025

La normativa española ha incorporado importantes novedades legales y técnicas en los últimos años:

  • Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales: sigue siendo el marco general obligatorio.
     
  • Real Decreto 486/1997: establece condiciones ambientales mínimas en los lugares de trabajo, incluyendo temperaturas interiores.
     
  • Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo: regula medidas específicas ante episodios de calor extremo, con carácter obligatorio.
     
  • Plan Nacional 2025 frente al Exceso de Temperaturas, publicado por el Ministerio de Sanidad: incorpora niveles de riesgo térmico (0 a 3), protocolos por alertas y responsabilidades compartidas entre autoridades sanitarias y empresariales.
     

Las empresas deben:

  • Incluir el riesgo térmico en su evaluación de riesgos laborales.
     
  • Aplicar medidas organizativas inmediatas ante alertas meteorológicas de nivel naranja o rojo, como modificar horarios, suspender tareas al aire libre o reforzar descansos.
     
  • Seguir las directrices del Plan Nacional de Temperaturas 2025, que establece actuaciones recomendadas por nivel de alerta territorial (basado en datos de AEMET).
     

No actuar conforme a estas obligaciones puede considerarse una infracción grave, sancionable por la Inspección de Trabajo.

 

Cómo puede ayudarte OTP

En OTP evaluamos y gestionamos el riesgo térmico de forma integral. Nuestro equipo técnico:

  • Realiza evaluaciones térmicas conforme a las guías del INSST y el Plan Nacional 2025.
     
  • Define medidas adaptadas por sector, zona geográfica y nivel de alerta.
     
  • Diseña protocolos internos ante olas de calor.
     
  • Forma a los equipos en detección de síntomas y actuación en caso de emergencia.
     
  • Garantiza que tu empresa cumple con la normativa vigente y evita sanciones.
     

El calor extremo ya no es una situación puntual: es un riesgo ambiental regulado y prevenible.
 En OTP te ayudamos a anticiparte, proteger a tu equipo y cumplir la ley con rigor técnico.

Contacta con nuestro equipo técnico y actúa antes de que el riesgo sea irreversible.

La Salud es +


¿Tienes alguna pregunta o quieres más información? Envíanos un mensaje a través de nuestro formulario de contacto y te responderemos en la mayor brevedad posible.

Finalidades: Responder y gestionar sus solicitudes, remitirle información comercial de nuestros productos y servicios, y hacerles llegar ofertas o informaciones que puedan ser de su interés, incluso por correo electrónico. Legitimación: El consentimiento del usuario. Destinatarios: Podrán ser dirigidos o cedidos a las empresas del grupo o que colaboran habitualmente con OTP-OFICINA TÉCNICA DE PREVENCIÓN, S.L.para fines promocionales o para enviarle comunicaciones relativas a los servicios prestados por las entidades dentro de las empresas del grupo, que se consideren que puedan ser de su interés. Derechos: Puede retirar su consentimiento en cualquier momento, así como acceder, rectificar, suprimir sus datos y demás derechos en otp@otp.es. Información adicional: Puede ampliar la información en el enlace de Política de Privacidad.

OTP, Oficina Técnica de Prevención

Impulsamos la prevención de riesgos laborales y ayudamos a fomentar el bienestar, la seguridad y salud de las personas en las organizaciones. #PRL #SST