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Evaluar el trabajo doméstico también es prevenir: intervención técnica desde los Servicios de Prevención

Evaluar el trabajo doméstico también es prevenir: intervención técnica desde los Servicios de Prevención

La prevención de riesgos no puede detenerse en la puerta del hogar. El trabajo doméstico, pese a su carácter especial, entra dentro del ámbito laboral y presenta múltiples riesgos que deben ser identificados, evaluados y corregidos. Aunque no esté sujeto a la Ley 31/1995 de forma directa, el empleador o empleadora en el hogar sí tiene la obligación legal de garantizar la seguridad y salud de la persona contratada, según el Real Decreto 1620/2011.

Desde OTP recordamos que, aunque el hogar no sea un centro de trabajo convencional, los Servicios de Prevención podemos intervenir técnicamente para reducir riesgos, asesorar y formar en prevención. Además, desde mayo de 2025, esta intervención cobra especial relevancia tras la entrada en vigor del Real Decreto 893/2024, que establece la obligación de evaluar los riesgos laborales en el trabajo doméstico.

 

El trabajo doméstico tiene riesgos laborales reales

Las personas empleadas del hogar se enfrentan a una gran variedad de riesgos:

  • Caídas por suelos mojados, alfombras o escaleras inadecuadas
     
  • Cortes y quemaduras durante tareas de cocina y limpieza
     
  • Contactos eléctricos por mal estado de enchufes o uso incorrecto de aparatos
     
  • Exposición a productos químicos sin la información o protección adecuada
     
  • Sobrecarga física por malas posturas, levantamiento de cargas o jornadas prolongadas
     
  • Riesgos psicosociales, como el estrés o el aislamiento en entornos laborales cerrados
     

Todo ello en espacios muchas veces sin supervisión directa, sin formación previa y sin recursos ergonómicos adecuados.

 

Qué establece la legislación vigente

La normativa actual, aunque no exige la contratación de un Servicio de Prevención ajeno, sí impone la obligación de proteger la seguridad y salud de las personas empleadas del hogar:

  • Real Decreto 1620/2011: obliga a garantizar unas condiciones seguras y saludables.
  • Real Decreto 893/2024: establece la obligatoriedad de realizar una evaluación de riesgos laborales específica en el domicilio, siguiendo criterios técnicos de identificación, valoración y control de los riesgos.
  • Seguridad Social: exige contrato, alta en el sistema y comunicación de accidentes (vía Delt@).
  • Principios generales de la Ley 31/1995: pueden aplicarse como criterio técnico de actuación (evaluar, formar, informar, adaptar).
     

Este marco permite —y en muchos casos recomienda— la actuación de técnicos especialistas en prevención.

 

Qué puede hacer OTP como Servicio de Prevención

En OTP evaluamos de forma técnica, rigurosa y profesional los entornos donde se desarrolla el trabajo doméstico. Nuestros servicios incluyen:

  • Diagnóstico de riesgos en el domicilio mediante herramientas adaptadas y listas de verificación, en línea con los pasos definidos en la normativa vigente: identificación de peligros, estimación de riesgos, determinación de medidas preventivas, aplicación y seguimiento.

  •  
  • Elaboración de informes técnicos con medidas correctoras claras y aplicables
     
  • Asesoramiento a empleadores/as sobre organización del trabajo, pausas, ergonomía, productos o herramientas
     
  • Formación básica en PRL para personas empleadas del hogar: seguridad en el uso de productos, manipulación de cargas, ergonomía, primeros auxilios
     
  • Propuestas de protocolos básicos de actuación en caso de accidente o emergencia
     

Todo ello con criterios adaptados, sin burocracia innecesaria, y con la confidencialidad y eficiencia que caracteriza nuestra intervención.

 

La prevención también se aplica en casa

La profesionalización del trabajo doméstico exige no solo formalidad contractual, sino también condiciones de trabajo seguras. Aplicar criterios de prevención en este ámbito protege a la persona trabajadora, mejora la relación laboral y previene responsabilidades.

Aplicar criterios de prevención en este ámbito protege a la persona trabajadora, mejora la relación laboral y previene responsabilidades. Ahora, además, es un deber legal que refuerza la dignificación de este tipo de empleo.

Contacta con nuestro equipo técnico y actúa antes de que el riesgo sea irreversible.

La Salud es +

Autora: Marien Casañ, Coordinadora Técnica de OTP Valencia


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OTP, Oficina Técnica de Prevención

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