Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies. OK | Política De Cookies

¿Respeta tu edificio la normativa de instalaciones eléctricas para evitar un incendio?

¿Respeta tu edificio la normativa de instalaciones eléctricas para evitar un incendio?

Los recientes acontecimientos, marcados por desafortunados incendios en edificaciones, ponen el foco sobre una verdad ineludible: la prevención y el mantenimiento no son opcionales. En este contexto, en el siguiente artículo queremos abordar el cumplimiento riguroso de la normativa de instalaciones eléctricas.

Dictadas por el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT), aprobado mediante el RD 842/2002, estas revisiones periódicas se convierten en acciones esenciales de prevención, proporcionando las exigencias, frecuencias y alcances de las inspecciones.

Estas revisiones periódicas obligatorias deben realizarse siempre bajo la supervisión de un Organismo de Control Autorizado (OCA), que será quien certifique el cumplimiento de los requisitos de seguridad dispuestos en la normativa de instalaciones eléctricas.

Normativa de instalaciones eléctricas en comunidades de propietarios

Las comunidades de propietarios deben estar particularmente atentas a las normativas de instalaciones eléctricas, especialmente en áreas como:

  • Garajes colectivos subterráneos de más de 25 plazas, que requieren inspección cada 5 años.
  • Zonas comunes con una potencia superior a 100 kW, necesitan revisión cada 10 años, lo que comúnmente afecta a alrededor de 16 viviendas o locales (una vivienda moderna tiene unos 5,5 kW).
  • Piscinas con una potencia mayor a 10 kW, con inspección cada 5 años.
  • Alumbrado exterior superior a 5 kW, que requiere una inspección cada 5 años.

Normativa de instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia

Los espacios destinados a la pública concurrencia, independientemente de su tamaño o capacidad, están sujetos a una revisión cada 5 años. Esto incluye:

  • Hoteles, bares, restaurantes, cines, discotecas, pubs y cafeterías, independientemente de su ocupación.
  • Comercios y centros de enseñanza o gimnasios, con una ocupación mayor a 50 personas.

Normativa de instalaciones eléctricas en sectores industriales

En el ámbito industrial, cualquier instalación con una potencia instalada superior a 100 kW debe someterse a inspecciones periódicas de cada 5 años, asegurando así el cumplimiento de la normativa de instalaciones eléctricas y la seguridad de las operaciones.

Instalaciones contraincendios

Además de las instalaciones eléctricas, la normativa sobre protección contra incendios, establecida por el RD 513/2017 (RIPCI), también exige inspecciones regulares. Estas incluyen:

  • Garajes colectivos en comunidades de propietarios con más de 500 m2.
  • Locales de pública concurrencia y áreas de uso administrativo o docente con superficies superiores a 500 m2 y 2.000 m2, respectivamente.

La adherencia a la normativa de instalaciones eléctricas es una obligación legal que garantiza el buen funcionamiento y la seguridad de las instalaciones, contribuyendo a la prevención de accidentes y a la mejora continua de los entornos.

¿Cumplen tus instalaciones eléctricas con las normativas más recientes?

¿Tienes alguna pregunta o quieres más información? Envíanos un mensaje a través de nuestro formulario de contacto y te responderemos en la mayor brevedad posible.

Finalidades: Responder y gestionar sus solicitudes, remitirle información comercial de nuestros productos y servicios, y hacerles llegar ofertas o informaciones que puedan ser de su interés, incluso por correo electrónico. Legitimación: El consentimiento del usuario. Destinatarios: Podrán ser dirigidos o cedidos a las empresas del grupo o que colaboran habitualmente con OTP-OFICINA TÉCNICA DE PREVENCIÓN, S.L.para fines promocionales o para enviarle comunicaciones relativas a los servicios prestados por las entidades dentro de las empresas del grupo, que se consideren que puedan ser de su interés. Derechos: Puede retirar su consentimiento en cualquier momento, así como acceder, rectificar, suprimir sus datos y demás derechos en otp@otp.es. Información adicional: Puede ampliar la información en el enlace de Política de Privacidad.

OTP, Oficina Técnica de Prevención

Impulsamos la prevención de riesgos laborales y ayudamos a fomentar el bienestar, la seguridad y salud de las personas en las organizaciones. #PRL #SST