En la industria de la madera, todas las operaciones que se realizan, desde la tala de los árboles hasta el acabado de los productos finales, generan polvo de madera, especialmente las operaciones de serrado con sierras circulares, lijado y pulido.
De acuerdo con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995), se debe garantizar el derecho de los trabajadores a una protección eficaz frente a los riesgos laborales, reduciéndolos al mínimo posible. Se debe llevar a cabo una evaluación de aquellos que no se han podido evitar con el objetivo de adoptar las medidas de control necesarias, así como poder planificar la actividad preventiva.
El polvo de madera, como un agente químico más del puesto de trabajo, se encuentra regulado en la actualidad por el Real Decreto 374/2001, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
En él se establece la necesidad de evaluar el riesgo, debiendo servir como fuente de información para decidir sobre las medidas preventivas a adoptar, poniendo de manifiesto las causas o factores materiales que ocasionan el riesgo y que deberán ser corregidas.
En esta ficha elaborada a través de notas técnicas y guías del INSST pretendemos ofrecer información a trabajadores y empresarios sobre estos riesgos y formas de prevenirlos en el puesto de trabajo.