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¿Está tu empresa preparada para combatir el acoso laboral?

¿Está tu empresa preparada para combatir el acoso laboral?

El acoso laboral es una preocupación creciente que muchas empresas en España aún no abordan de manera efectiva. Aunque la ley obliga a todas las empresas a tener un Plan de Acoso, la realidad muestra que muchas compañías aún no cumplen con este requisito o, si lo hacen, su implementación y actualización son deficientes.

Obligación legal de tener un plan de acoso

Según la legislación española, todas las empresas, independientemente del número de empleados, deben tener un Plan de Acoso que incluya medidas para prevenir y abordar el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. Este plan no es obligatorio registrarlo, pero se recomienda hacerlo.

Plan de Igualdad en empresas con 50 o más trabajadores

Para empresas con 50 empleados o más, las medidas de prevención de acoso se incorporan en un Plan de Igualdad más amplio, el cual sí es obligatorio registrar en el REGCON.

Actualización conforme a la Ley 15/2022 de igualdad de trabajo y no discriminación

La reciente Ley 15/2022 de igualdad de trabajo y no discriminación obliga a las empresas a revisar y actualizar sus planes actuales para adaptarse a nuevas definiciones y obligaciones, incluida una indemnización por daño moral en casos de discriminación.

Concretamente, se establece expresamente que “serán igualmente responsables del daño las empresas cuando la discriminación, incluyendo el acoso, se produzca en su ámbito de organización o dirección y la empresa no haya cumplido sus obligaciones”.

El Convenio 190 de la OIT

El Convenio 190 de la OIT frente al acoso y la violencia en el trabajo, publicado en el BOE de 16 de junio, y en vigor desde el pasado 25 de mayo, introduce cambios significativos en materia de acoso en la jurisdicción social.

En concreto, establece que:

  • Un solo acto podría ser suficiente para clasificar un comportamiento como acoso,
  • Se amplía el alcance, tanto en personas objeto de protección como en los lugares objeto de protección. En este sentido, el convenio incluye no solo a trabajadores en plantilla, sino a otros como trabajadores despedidos, voluntarios, etc., y no solo en el lugar de trabajo, sino también en lugares de descanso, vestuarios o viajes y eventos.
  • Se considera una infracción de carácter muy grave el hecho de animar a un compañero/a a realizar acciones con un tercero.

Tolerancia 0 en la empresa

El Instituto de Mujeres ha elaborado una Guía (protocolo) para la prevención y actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral, del Instituto de Mujeres, con el fin de facilitar a las empresas a cumplir las obligaciones en materia de acoso en el ámbito laboral.

Puedes consultar la Guía en ESTE ENLACE.

Una empresa comprometida con erradicar el acoso debe tener una política de tolerancia cero que se refleje en su cultura laboral. Esto incluye, según la Guía del Instituto de Mujeres:

  • Comunicación clara al personal: Toda la plantilla debe estar al tanto de los métodos establecidos para denunciar incidentes de acoso.
  • Definición y sanciones: La empresa debe establecer qué conductas se clasifican como acoso sexual o por razón de género, y cuáles son las repercusiones para aquellos que incurran en tales comportamientos.
  • Formación continua: La empresa debe organizar regularmente actividades educativas, como talleres o campañas de sensibilización, para informar y concienciar al personal.
  • Documentación de principios: Debe haber un documento que establezca claramente los principios de la empresa en relación al acoso y que describa las conductas que lo constituyen.
  • Impacto del acoso: La formación debe incluir información sobre cómo el acoso afecta a la víctima, al ambiente laboral y a la sociedad en general.
  • Acciones consecuentes: Se deben identificar claramente las medidas que tomará la empresa en caso de que se produzcan incidentes de acoso.
  • Canal de denuncias: Debe existir un mecanismo eficaz y seguro para que los empleados puedan reportar casos de acoso, sabiendo que serán tratados con la debida seriedad y confidencialidad.

Para estar completamente preparados y actualizados en materia de prevención de acoso en el ámbito laboral, es crucial contar con expertos en la materia. En OTP, Oficina Técnica de Prevención de Riesgos Laborales, somos especialistas en crear un entorno laboral seguro y en conformidad con la ley.

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